Más de 240 expedientes tramitados por infracciones relativas a alarmas de seguridad en Baleares.

La delegación de gobierno ha tramitado el último año más de 240 expedientes por infracciones o irregularidades en la instalación o funcionamiento de los sistemas de alarma en las islas, de estos 35 expedientes han sido catalogadas como muy graves.

 

Las infracciones graves según el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana que considera una infracción de este tipo "la apertura de un establecimiento, el inicio de sus actividades o el desarrollo de su funcionamiento sin autorización o sin adoptar total o parcialmente las medidas de seguridad obligatorias o cuando aquéllas no funcionen o lo hagan defectuosamente, o antes de que la autoridad competente haya expresado su conformidad con las mismas".

 

Las infracciones leves según la normativa de seguridad privada las determina de la siguiente forma  "la utilización de aparatos o dispositivos de seguridad sin ajustarse a las normas que los regulen, o su funcionamiento con daños o molestias para terceros".

 

Las sanciones con las que se castiga estas faltas oscilan desde los 91 euros para las leves hasta los 30.000 euros para las graves, estas cuantías normalmente se aplican en caso de faltas de naturaleza reincidente en el mal funcionamiento de los sistemas de alarmas. En el caso de los usuarios particulares de uso domésticos o los comercios donde no es obligatorio el instalar una alarma de seguridad las sanciones no superan los 300 euros.

 

La normativa de seguridad cambio el pasado 18 de Agosto intentando evitar sobre todo los falsos saltos de alarmas lo cual provoca un uso ineficiente de las fuerzas de seguridad del estado, en esta normativa se ha revisado sobre todo los procedimientos por los cuales se determinar que un salto de alarma es real o no.